Declaración de la Renta (Parte 2)

Continuando con un artículo que escribimos sobre ¿cómo ahorrar en la declaración de la renta? hemos querido ampliar la información sobre algunas cuestiones relativas a la misma a ver si somos capaces de aportar algo de luz al respecto y ayudar con esta obligación que muchos tenemos todos los años.

¿Pedir el adelanto de la devolución de la declaración de la Renta?

Aquellos a quienes les sale a “devolver” en Declaración de la Renta pueden supirar aliviados porque en pocos meses obtendrán un ingreso de Hacienda. Estas devoluciones son muy esperadas por los contribuyentes por lo que son muchos los que acortan la espera solicitando a través de su entidad bancaria un cobro por adelantando.
Y es que cada año por esta fechas las entidades financieras ofrecen soluciones inmediatas a sus clientes, bien directamente en las webs o mediane correos personalizados.

Pero ¡Ojo!, tengan siempre presente que este adelanto del pago de la declaración del IRPF es un préstamo que le hace la banca, es decir, ¡No es gratis! Puesto que conlleva un coste para el cliente en forma de intereses o comisiones.

Estos préstamos varían según el tipo de entidad, al igual que los plazos de deuda o el importe mensual a pagar. En algunos bancos el límite es de 6 meses.

Como siempre recomendamos informarse muy bien antes de tomar una decisión al respecto. Si todavía no has presentado la declaración te insistimos en algunas novedades y te recordamos los plazos:

Atentos a los plazos

El borrador de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2014 lo puedes solicitar y consultar desde el pasado 7 de abril. En caso de confirmación las vías son a través de internet o por teléfono. Sin domiciliación bancaria del pago, se puede confirmar hasta el día 30 de junio, y con domiciliación la fecha límite es el 25 de junio.
Si por el contrario no desea confirmar el borrador, tienes hasta el próximo 30 de junio para presentar la declaración del IRPF por vía electrónica. Para realizar la declaración por cualquier otro medio, como el presencial, hay que esperar hasta el 11 de mayo, y el último día es el 30 de junio. Si se domicilia el pago, el plazo de presentación es del 5 de mayo al 25 de junio.
El pago se podrá fraccionar sin interés ni recargo, en dos partes: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre, inclusive.

Novedades en la presentación:

Sistema Cl@ve

Es la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal. Se puso en marcha para que el ciudadano pueda identificarse, autentificarse y tener firma electrónica mediante el uso de claves concertadas, abierta a su utilización por parte de todas las Administraciones Públicas.
El primer paso consiste en identificarse en el sistema Cl@ve y a partir de ahí se podrá obtener un PIN válido 24 horas que dará acceso a los servicios de la Agencia Tributaria con Cl@ve PIN.

Otros sitemas de identificación

Las personas físicas disponen además del sistema Cl@ve, del DNI electrónico, certificado electrónico o número de referencia, para presentar en su caso, declaraciones informativas o autoliquidaciones.
El conocido como sistema RENO (número de referencia) es el más usado: para obtenerlo, el contribuyente necesitará el NIF, el importe de la casilla 415 de la declaración del correspondiente al ejercicio 2013 y un número de teléfono móvil a donde se enviará.

Se prorroga la presentación del Impuesto sobre el Patrimonio 2014.

Modelo 714, que se restableció con carácter temporal para los ejercicios 2011 a 2013.

Se mantiene efectiva la desaparición total del papel impreso rellenado a mano.

Si se va a presentar la declaración en papel, se mantiene la obligación de que el impreso se haya rellenado utilizando el programa PADRE o cualquier otro programa de ayuda

Sobre el autor

Pavel Goldfarb

Director General de Servicios Financieros Gold. Si quieres saber más sobre mí entra en mi Google +

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